Normativa fiscal · RD 1007/2023

VeriFactu vs no-VeriFactu: cuál te conviene en 2027

El RD 1007/2023 obliga a todo Sistema Informático de Facturación (SIF) a operar en una de dos modalidades: VeriFactu (envío automático a la AEAT) o no-VeriFactu (registro local firmado).

Ambas son legales a partir del 1 de enero de 2027 (Impuesto de Sociedades) y del 1 de julio de 2027 (autónomos y pymes), pero exigen requisitos técnicos distintos.

Esta guía compara las dos modalidades, te ayuda a elegir según tu perfil y explica cómo cambiar de modo sin migración.

Decisión rápida (TL;DR)
Actualizado: 14 mayo 2026 · Revisado por el equipo Compliance Fiscal de Dokuflex · Lectura: 9 min

¿Qué es VeriFactu y qué es no-VeriFactu?

El Real Decreto 1007/2023 establece dos modalidades operativas dentro del mismo marco normativo, ambas plenamente legales a partir de 2027. La diferencia esencial es cómo se relaciona el software de facturación con la Agencia Tributaria.

En modo VeriFactu, cada factura emitida genera un registro de facturación que el SIF envía de forma automática y en tiempo real a la sede electrónica de la AEAT. La administración acusa recibo, asigna un identificador y la factura lleva la mención literal "VERI*FACTU" junto al QR tributario. El contribuyente delega en la AEAT la custodia del registro fiscal.

En modo no-VeriFactu, el SIF no envía cada factura, sino que conserva localmente los registros, encadenados mediante huella SHA-256 y firmados electrónicamente con XAdES, durante 10 años. La AEAT puede requerirlos en cualquier momento (auditoría, inspección, comprobación) y la respuesta debe poder generarse en formato XML conforme a la Orden HAC/1177/2024.

Ambas modalidades exigen el QR tributario obligatorio en cada factura, la huella encadenada y la conservación íntegra. Ambas se rigen por el RD 1007/2023 y su desarrollo técnico, la Orden HAC/1177/2024. La elección recae sobre el contribuyente (a través de su software), no sobre la AEAT.

Tabla diferencial completa

Resumen de los nueve requisitos técnicos clave que diferencian ambos modos según el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024.

Característica Modo VeriFactu Modo no-VeriFactu
Envío AEAT en tiempo real Sí, automático tras emitir No, solo bajo requerimiento
Frecuencia de envío Inmediato (factura a factura) Solo si la AEAT lo solicita
Huella SHA-256 encadenada
Firma electrónica XAdES Opcional Obligatoria
QR obligatorio en factura
Mención "VERI*FACTU" en factura Sí, obligatoria No
Plazo de conservación 10 años 10 años
Recomendado para Mayoría: pymes, autónomos, retail, servicios Alto volumen, baja conectividad, datos sensibles
Riesgo de sanción si elijo mal Alto (Ley 11/2021) Alto (Ley 11/2021)

Fuente: RD 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024. Información orientativa, no sustituye al asesoramiento fiscal individualizado.

¿Cuándo elegir VeriFactu?

La AEAT recomienda explícitamente VeriFactu como modalidad por defecto, y la mayoría de software certificado del mercado la trae como configuración inicial. Es la opción más sencilla operativamente porque el propio envío a la sede electrónica actúa como prueba: el contribuyente no necesita custodiar la cadena íntegra de registros para defenderse ante una inspección.

El perfil ideal para VeriFactu incluye:

VeriFactu reduce la carga probatoria del contribuyente: si la AEAT ya tiene el registro, no hace falta defender la cadena hash en caso de discrepancia. A cambio, exige conexión estable durante la emisión (con un margen de tolerancia para retransmitir si hubiera caída temporal).

¿Cuándo elegir no-VeriFactu?

No-VeriFactu no es una excepción ni una alternativa "más laxa": es una modalidad técnicamente más exigente que reserva al contribuyente el control físico de los registros, pero le impone firma XAdES obligatoria y custodia íntegra durante 10 años. Tiene sentido en escenarios concretos.

Perfiles donde no-VeriFactu encaja mejor:

Importante: no-VeriFactu no exime de cumplir el RD 1007/2023. Si la AEAT requiere los registros, hay que entregarlos íntegros, encadenados y firmados, en el formato XML de la Orden HAC/1177/2024, en el plazo establecido. Fallar en la entrega es equivalente a no haber registrado.

Diferencia entre VeriFactu y SII

Es habitual confundir VeriFactu con el SII (Suministro Inmediato de Información), pero son dos sistemas distintos con ámbitos de aplicación diferenciados.

El SII es un sistema de libros registro de IVA en tiempo real que aplica desde 2017 a grandes empresas (facturación > 6 M €), grupos IVA, REDEME y régimen especial de agencias de viajes. Envía a la AEAT los libros registro de facturas emitidas y recibidas, no la factura completa, con un plazo de 4 días hábiles.

VeriFactu, en cambio, es un sistema de registro encadenado de facturas con QR y hash que aplica al universo restante: autónomos, pymes y empresas medianas no incluidas en el SII. Aplica desde 2027 y envía cada registro de facturación (no el libro IVA) en tiempo real al emitir, no a posteriori.

Las empresas dentro del SII están exentas de VeriFactu. Así lo establece el art. 3 del RD 1007/2023. El SII cubre la información que VeriFactu pretende, por lo que la AEAT evita duplicidades. Si tu empresa migra del SII al régimen general (por bajar de los 6 M €, por ejemplo), deberá pasar a VeriFactu o no-VeriFactu desde la fecha de salida.

En resumen
  • · SII = libros registro IVA, grandes empresas, desde 2017.
  • · VeriFactu = registros de facturación con QR+hash, autónomos/pymes, desde 2027.
  • · No-VeriFactu = misma normativa que VeriFactu, sin envío automático.
  • · Las tres son excluyentes entre sí (no se solapan).

¿Puedo cambiar de modalidad después?

Sí. El RD 1007/2023 no fija la modalidad como una decisión irreversible: el contribuyente puede pasar de no-VeriFactu a VeriFactu (o al revés) cuando lo decida. La AEAT no exige comunicación previa: el propio comportamiento del SIF declara la modalidad en uso (si llega un registro a la sede, es VeriFactu; si no llega, es no-VeriFactu).

Eso sí, el cambio tiene implicaciones técnicas y de auditoría. Cuando pasas de no-VeriFactu a VeriFactu hay que:

Con Dokuflex, el cambio de modalidad es una opción de configuración: no requiere migración de datos ni reemisión. La huella encadenada se mantiene íntegra entre modos y los registros previos quedan auditables. Esto es relevante porque, según el escenario operativo, una empresa puede empezar en no-VeriFactu para un piloto interno y pasar a VeriFactu en producción, o viceversa si descubre limitaciones de conectividad.

Sanciones por mal modo elegido (Ley 11/2021, art. 201 bis LGT)

Elegir mal la modalidad —o, peor, operar sin cumplir ninguna de las dos— expone a sanciones específicas introducidas por la Ley 11/2021 de medidas contra el fraude, que añadió el artículo 201 bis a la Ley General Tributaria.

Los importes principales son:

El error más frecuente esperado por la doctrina fiscal es operar en modo VeriFactu y dejar de transmitir (por configuración, fallo de red prolongado o caída del SIF) sin reanudar el envío. La AEAT puede detectarlo automáticamente: el corte en el flujo de registros enciende una alerta y abre el expediente sancionador. Por eso es crítico que el SIF tenga retransmisión automática y monitorización de errores de envío.

Aviso YMYL

Información orientativa. Las cuantías y supuestos exactos dependen de la calificación de la infracción y de circunstancias agravantes/atenuantes. Para casos específicos consulta tu asesoría fiscal.

Decisión por perfil de contribuyente

Checklist orientativo según el tipo de contribuyente. No sustituye a la valoración individualizada de tu asesoría.

Autónomo / profesional
VeriFactu

Volumen bajo, conectividad estable, sin necesidad de soberanía técnica del dato. Configuración por defecto del SIF, mínima carga probatoria.

Pyme retail / hostelería
VeriFactu

Tickets simplificados conectados al TPV. El envío en tiempo real refuerza la transparencia ante el cliente que escanea el QR.

Empresa media (industria, B2B)
VeriFactu o no-VeriFactu (evaluar)

Si tu volumen está por debajo de 1 M facturas/año y la red es estable, VeriFactu. Si tienes plantas sin conectividad o políticas de soberanía del dato, valora no-VeriFactu.

Asesoría fiscal (gestor multicliente)
VeriFactu para clientes pyme

Permite auditar el cumplimiento desde la propia sede AEAT y reduce el riesgo de inconsistencias en el cierre fiscal. Cada cliente con su propio SIF homologado.

Sujeto SII (gran empresa, REDEME, grupo IVA)
Exento de VeriFactu

Si ya estás dentro del SII, no eliges modalidad VeriFactu: continúas remitiendo libros registro en SII. Si dejas el SII por bajada de umbral, pasarás a VeriFactu o no-VeriFactu desde la fecha de salida.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio elegir VeriFactu o puedo seguir como ahora?

A partir del 1 de enero de 2027 (sujetos al Impuesto de Sociedades) y del 1 de julio de 2027 (autónomos y resto de pymes) tu software de facturación tendrá que cumplir el RD 1007/2023. Eso significa elegir, obligatoriamente, una de las dos modalidades: VeriFactu (envío automático a la AEAT) o no-VeriFactu (registro local firmado y conservado durante 10 años). Seguir como hasta ahora, sin ninguna de las dos modalidades, dejará de ser legal.

¿Qué pasa si no envío facturas a la AEAT en modo VeriFactu?

Si has elegido modalidad VeriFactu y dejas de enviar los registros de facturación a la sede electrónica de la AEAT, se considera un incumplimiento del RD 1007/2023 y de la Orden HAC/1177/2024. La Ley 11/2021 (art. 201 bis LGT) prevé sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio para fabricantes y usuarios, y multas adicionales por factura no remitida. Además, perderás la presunción de veracidad de los registros.

¿Cuándo expira el plazo para elegir modalidad?

La elección de modalidad se configura en tu SIF antes de la fecha de obligatoriedad que te aplique: 1 de enero de 2027 si tributas por el Impuesto de Sociedades, o 1 de julio de 2027 en el resto de casos (autónomos, comunidades de bienes, pymes en IRPF). Es decisión técnica del software, no requiere comunicación previa a la AEAT en modo VeriFactu (el propio envío de registros la declara).

¿Puedo cambiar de no-VeriFactu a VeriFactu?

Sí. El RD 1007/2023 permite alternar entre ambas modalidades. El cambio implica reconfigurar el SIF, generar el primer registro VeriFactu con su huella encadenada y empezar a remitir a la AEAT desde ese momento. Dokuflex realiza el cambio de modo sin migración de datos: los registros previos en modo no-VeriFactu se conservan firmados y los nuevos se envían en tiempo real.

¿Y los autónomos sin empleados? ¿Tienen que elegir también?

Sí. Cualquier autónomo o profesional que emita factura con un sistema informático queda obligado desde el 1 de julio de 2027, salvo que esté incluido en el SII (grandes empresas, REDEME o IVA en régimen especial de grupos), en cuyo caso está exento de VeriFactu. Los autónomos que sigan facturando manualmente en papel o con plantillas no automatizadas quedan fuera del RD 1007/2023, aunque la AEAT recomienda migrar a un SIF homologado.

¿Las facturas simplificadas también van por VeriFactu?

Sí. La Orden HAC/1177/2024 incluye expresamente las facturas simplificadas (tickets) dentro del ámbito del RD 1007/2023. Tanto en modo VeriFactu como en no-VeriFactu deben llevar el QR tributario, la huella SHA-256 encadenada y, en su caso, la mención "VERI*FACTU". Aplica a TPV de retail, hostelería y cualquier emisor de tickets.

¿Dokuflex soporta los 2 modos?

Sí. Dokuflex es un SIF que opera en modalidad VeriFactu y en modalidad no-VeriFactu, con cambio entre modos sin migración. Genera el QR tributario, la huella SHA-256 encadenada, la firma XAdES cuando aplica y conserva los registros 10 años. Compatible con SAP, Sage, A3, Holded, Dynamics y ERP a medida vía adaptador, sin necesidad de cambiar tu sistema actual.

Fuentes oficiales

Referencias normativas citadas en esta guía. Enlaces directos al BOE y a la sede electrónica de la AEAT.

Aviso YMYL

Esta guía tiene fines informativos y refleja la normativa vigente a 14 de mayo de 2026. No constituye asesoramiento fiscal ni jurídico individualizado. Para tu caso concreto consulta con tu asesoría fiscal o un profesional colegiado. Dokuflex no se responsabiliza de decisiones tomadas exclusivamente a partir de este contenido.

Elige tu modalidad y cumple con Dokuflex

Dokuflex es un SIF que opera tanto en VeriFactu como en no-VeriFactu, con cambio entre modos sin migración. Conecta con tu ERP actual (SAP, Sage, A3, Holded, Dynamics) y deja los registros listos para 2027.

Datos en la UE RGPD Cambio de modo sin migración